Agente comercial

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Los agentes comerciales tienen derecho a indemnización y reparación del perjuicio aunque la terminación del contrato se produzca en el período de prueba

19 de abril de 2018 Jurisprudencia Agente comercial

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea determina que los agentes comerciales pueden ser indemnizados por terminación de un contrato aunque dicho fin se produzca durante el periodo de prueba. El TJUE basa su decisión en en que debe compensarse al agente comercial por sus prestaciones anteriores de las que el empresario sigue beneficiándose con posterioridad a la terminación del contrato o por los gastos en que haya incurrido a efectos de dichas prestaciones.

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